Reforma Tributaria: todo lo que tienes que saber en 10 puntos.

Tras su publicación en el Diario Oficial, el 24 de febrero pasado, entró en vigencia la reforma tributaria, que entre sus cambios considera la rebaja de algunas contribuciones, la depreciación instantánea y un nuevo impuesto a los servicios digitales. Aquí, un listado para entender su alcance.

El pasado 24 de febrero, tras su publicación en el Diario Oficial, entró en vigencia la reforma tributaria, aprobada en el Senado de manera unánime. El proyecto se convirtió en la discusión más larga en el Congreso desde 1990, tras 17 meses de debate y luego de la llegada de Ignacio Briones a la cabeza del Ministerio de Hacienda.

La reforma, según el titular de la cartera, la reforma tributaria se basa en tres ejes ciudadanos: “Mayor recaudación a través de mayor progresividad; un mejor trato para los adultos mayores y apoyo e incentivos para emprendedores”, tal como explicó en su cuenta de Twitter.

En concreto, la emblemática reforma tributaria contempla una recaudación fiscal de US$2.200 millones en régimen, junto a una serie de medidas con estímulos e incentivos a la inversión, relacionado con la entrega de beneficios a la pequeña y mediana empresa -PYMES-, a la tercera edad y personas con menos ingresos.

Al mismo tiempo, contempla mayores recaudaciones, subiendo las contribuciones a las propiedades más caras y aumentando de 35% a 40% el impuesto a personas con rentas superiores a $15 millones mensuales. Además, se crea una nueva institución pública, llamada “Defensoría del Contribuyente” -Dedecon por sus siglas- y que representará a los contribuyentes de menores ingresos ante el Servicio de Impuestos Internos.

Puedes revisar íntegramente los cambios a la ley a través de la Biblioteca del Congreso, pero en Piensa Digital te explicamos 10 puntos relevantes de la reforma tributaria, con algunos puntos ya comenzaron a regir y otros van a implementarse en los próximos años:

1. Defensoría del contribuyente: se trata de une entidad que buscará velar y resguardar los derechos de personas con hasta $1.500.000 de ingresos mensuales. Hacienda explicó que el organismo actuará en la relación de las personas con el Servicio de Impuestos Internos (SII) y en el espacio existente entre esa entidad y los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA). Entrará en funciones a más tardar el 24 de febrero 2022.

2. Nuevo régimen pro pyme: hay una mejora de beneficios para las micro, pequeñas y medianas empresas, simplificando el cumplimiento tributario e incorporando medidas que facilitan el acceso al financiamiento. En específico, aumenta el umbral para inscribirse en este nuevo sistema, más simplificado a empresas, con ventas por hasta 75 mil UF anuales, incorporando a firmas medianas y establece una tasa de impuesto corporativo de 25% para estas.

El umbral se extendió a compañías con ventas por bienes y servicios de 50.000 UF a 75.000 UF, lo que permitiría que casi un millón de empresas pudieran optar al régimen ProPyme o al régimen Transparente, según informó La Tercera. En cuanto a grandes empresas, estas mantendrán regímenes semi integrados, con 65% de crédito contra impuestos finales, la tasa de impuesto Primera Categoría en 27% y se fija como tasa máxima a propietarios un 44,45%. En relación a depreciación instantánea, será para el 50% de inversión en activos fijos hasta el 31 de diciembre de 2021. El restante 50% puede optar a depreciación acelerada.

Hay que mencionar aquí el sistema de tributación de las empresas, con el régimen único semi integrado en base a retiro para las empresas y el régimen Pro-Pyme, lo que producirán efectos en la operación renta de abril de 2021, respecto de las rentas de este año.

3. Adultos mayores: Para la tercera edad también existen cambios con la reforma tributaria, que aplicarán desde la cuota de contribuciones de abril próximo. Específicamente, en la rebaja de contribuciones a adultos mayores, eximiéndose del pago de contribuciones a quienes tienen ingresos hasta $650.000 y la rebaja en 50% del impuesto a quienes cuentan con ingresos entre $650.000 y $1.400.000. Para dicho grupo se ampliará el tope del avalúo fiscal de $100 millones a $171 millones. Los nuevos beneficios permitirán reducir en un 50% o 100% las contribuciones de bienes raíces de adultos mayores.

4. Impuesto a los servicios digitales: El IVA (19%) a servicios digitales como Spotify, Netflix, Amazon o HBO GO -prestados por empresas extranjeras a consumidores chilenos- se aplicará a partir de junio de 2020 y a partir de allí se espera recaudar US$241 millones. Esta decisión viene de la mano del aumento de impuestos a 40% para los ingresos personales anuales sobre $184 millones o $15 millones mensuales.

Otro tema es la devolución anticipada del IVA por inversión en activo fijo: la reducción del plazo para obtener la devolución se aplicará totalmente en junio de 2020 (el proceso de reducción del plazo parte en marzo 2020).

5. Cambios en regiones: Con la nueva reforma tributaria habrá un aporte a las regiones de 1% de los proyectos de inversiones sobre US$10 millones, que se dividirán en tres partes para el Fondo de Desarrollo Regional, región y comuna. La nueva contribución aplicará respecto de los nuevos proyectos que se sometan al proceso de evaluación ambiental desde el 24 de febrero pasado.

Respecto a la depreciación, habrá modalidad transitoria (50%), instantánea (50%) y en forma acelerada. Para el caso de la región de La Araucanía será de manera instantánea. Estos aplican para bienes adquiridos entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021.

6. Bienes inmuebles: En esta materia habrá una nueva sobretasa para inmuebles sobre $400 millones de avalúo fiscal, con recaudación progresiva en tres tramos desde 0,075% hasta 0,275%. En otras palabras, subirán las contribuciones a las propiedades más caras, de acuerdo a tramos de valor y de forma marginal inscritos al 31 de diciembre del año anterior. Lo mencionado se pagará de forma anual igual que las contribuciones y aplicará a partir de abril de este año.

7. Cambios en el Servicio de Impuesto Internos: Desde junio próximo se aplicarán las nuevas normas que modernizan y digitalizan las relaciones entre los contribuyentes y el SII. Uno de los puntos a considerar es que los contribuyentes que acostumbrado a emitir factura electrónica deberán emitir boleta electrónica a contar del 24 de agosto de 2020, separando en ella el IVA. Los que no facturen de manera electrónica, deberán emitir boleta electrónica, separando en ella el IVA, desde el 24 de febrero de 2021.

8. Impuesto verde: Establecido en la reforma tributaria de 2014, ha generado una importante recaudación en materia de fuentes fijas, llegando a US$ 188 millones en la última Operación Renta, calculando las emisiones al aire de material particulado (MP), óxido de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2) de empresas. Las nuevas modificaciones entrarán en vigencia a partir de enero de 2023, quedando gravadas las emisiones de ese año en 2024. Por su parte, las nuevas normas sobre compensación de emisiones se aplicarán a contar del 24 de febrero de 2023.

9. Fondos de Inversión Privados: Con la nueva reforma tributaria se incorporan nuevos requisitos a estos instrumentos que tendrán que estar integrados por 8 aportantes no relacionados con hasta 20% de participación. Según las estimaciones de Hacienda, recaudará US$75 millones.

10. Nuevo tramo de 40%: Respecto del Impuesto Único de Segunda Categoría, los empleadores deberán retener a contar de marzo de 2020. Luego, los trabajadores deberán reliquidar para todas las rentas de 2020. Para el Impuesto Global Complementario, el nuevo tramo aplicará en la operación renta 2021 respecto de todas las rentas recibidas en 2020.

Fuente: www.latercera.cl