Crédito fiscal del Art. 23 del IVA de vendedores habituales y/o constructoras afectas a subsidio habitacional.

Resolución 24, de 14 de febrero de 2020, Servicio de Impuestos Internos.


Los contribuyentes vendedores habituales de bienes corporales inmuebles construidos y/o empresas constructoras, en cada período tributario que efectúen operaciones susceptibles de ser financiadas, en todo o parte, con subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo conforme al artículo 12, letra F, del D.L. N° 825 de 1974, deberán aplicar las siguientes reglas.