Emergencia sanitaria. Emite pronunciamiento, Sobre Otorgamiento y Uso de Licencias Médicas. Covid19.
Dictamen 1301-2020, de 7 de abril de 2020, Superintendencia de Seguridad Social.
Teniendo en consideración la situación de alerta sanitaria declarada en todo el territorio nacional, la necesidad de mantener operativo el ejercicio de la función pública y velar por el adecuado ejercicio del derecho a un debido proceso de aquellos profesionales investigados por esta Superintendencia, en el marco de la Ley N° 20.585 citada en Fuentes, se ha resuelto adecuar transitoriamente las normas relativas a las investigaciones realizadas a los profesionales emisores de licencias médicas y contralores médicos, adoptando las siguientes medidas:
1. Teniendo en consideración la situación de alerta sanitaria declarada en todo el territorio nacional, la necesidad de mantener operativo el ejercicio de la función pública y velar por el adecuado ejercicio del derecho a un debido proceso de aquellos profesionales investigados por esta Superintendencia, en el marco de la Ley N° 20.585 citada en Fuentes, se ha resuelto adecuar transitoriamente las normas relativas a las investigaciones realizadas a los profesionales emisores de licencias médicas y contralores médicos, adoptando las siguientes medidas:
a) Se suspenden todos los plazos que ceden en beneficio de los profesionales emisores de licencias médicas y de contralores médicos de Isapres, que están siendo actualmente investigados al amparo de la Ley N° 20.585, tales como plazos de presentación de descargos, remisión de documentos, de realización de audiencias, de interposición de recursos y cualquier otro contemplado en la señalada Ley.
b) Que no obstante lo anterior, y con el objeto de resguardar el legítimo ejercicio de los derechos que la ley concede a los intervinientes e interesados en dichos procedimientos, esta Superintendencia seguirá recibiendo, por medio de los canales virtuales establecidos al efecto y que pueden ser revisados en la página web www.suseso.cl, las denuncias en contra de profesionales emisores de licencias médicas, médicos contralores de Isapre y cualquier otra presentación relacionada con la Ley N° 20.585.
c) Esta Superintendencia seguirá con la tramitación de aquellas investigaciones que se encuentren en curso, en la medida que los medios disponibles y las circunstancias lo permitan.
d) El presente dictamen quedará sin efecto, una vez alzado el decreto de alerta sanitaria por Covid-2019 por el Ministerio de Salud o en su caso, con anterioridad a esa fecha previa publicación en la página web de esta Superintendencia de un nuevo dictamen que así lo disponga.
2. Se solicita a los destinatarios del presente dictamen otorgar la mayor difusión a los profesionales emisores de licencias médicas y contralores médicos, de las medidas precedentemente señaladas, como su publicación en página web de esas entidades y de la Superintendencia de Seguridad Social.