Reajuste a aplicar en declaraciones a la Renta (Línea 89 Form. 22).

Circular 27, de 9 de abril de 2020, Servicio de Impuestos Internos.


Atendido que la variación del Índice de Precios al Consumidor comprendida entre el mes de noviembre del año 2019 y el mes de marzo del año 2020, correspondió a un 1,5%, los impuestos anuales a la renta a declarar y pagar en el presente año tributario 2020 (hasta el 30 de abril del año 2020), en aquella parte no cubierta con créditos, impuestos retenidos y/o pagos provisionales mensuales efectuados, por regla general, durante el año 2019, deberán reajustarse en dicho porcentaje (1,5%), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Por lo tanto, en la primera columna de la línea 89 del Formulario N° 22, se debe anotar como valor 1,5%.