Autoriza postergación del pago del IVA.
Resolución 41, de 13 de abril de 2020, Servicio de Impuestos Internos.
Los contribuyentes que a la fecha de publicación del Decreto Supremo N° 420 de 2020, del Ministerio de Hacienda, cumplan con los requisitos para acogerse al régimen establecido en el artículo 14 letra D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta, podrán prorrogar el Impuesto al Valor Agregado que debe declararse y/o pagarse en los meses de abril, mayo y junio de 2020 (correspondiente a los períodos tributarios de marzo, abril y mayo de 2020), para ser pagado en 12 cuotas mensuales, iguales y reajustadas, a partir de julio de 2020.