Sentido alcance de la Ley sobre Trabajo a Distancia y Teletrabajo.

Dictamen 1.389/7, de 8 de abril de 2020, Dirección del Trabajo.


En conformidad a la Ley Nº21.220, las partes de un contrato de trabajo, al iniciarse la relación laboral o con posterioridad, podrán acordar la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, la que se sujetará a las reglas del Capítulo IX, del Título 11 del Libro I del Código del Trabajo, las que se detallan en el presente informe.