Forma de optar por la depreciación instantánea de los bienes físicos.

Resolución 45, de 24 de abril de 2020, Servicio de Impuestos Internos.


Incorpórese un nuevo código [1138] en el Formulario N° 22 sobre Impuesto Anual a la Renta, con el fin de ejercer la opción de aplicar a los bienes adquiridos entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021 una depreciación instantánea del 50% del valor de adquisición del bien, la cual aplicará a partir del ejercicio en que el bien comience a ser utilizado. Los contribuyentes que opten por informar este código se entenderá que declaran bajo juramento que al bien del activo inmovilizado que aplicaron dicha depreciación forma parte de un nuevo proyecto de inversión, bajo los términos señalados en la Circular N° 31, de fecha 24 de abril de 2020, independientemente de si el proyecto de inversión del cual forma parte se encuentra terminado o no.