Dispone el uso de mascarillas en lugares de trabajo.

Resolución 282, D.O 17 de abril de 2020, Subsecretaria de Salud Pública.


Dispóngase que todas las personas que utilicen el transporte público o el transporte privado sujeto a pago deberán utilizar mascarillas. Asimismo, quienes utilicen los ascensores o funiculares deberán ocupar mascarillas, independiente del carácter público o privado de estos y de la cantidad de personas que los estén utilizando. Esta medida alcanza también a aquellos que operan los diversos medios de transportes objetos de esta disposición, así como aquellas personas que trabajan en ellos. 2. Dispóngase el uso obligatorio de mascarillas para todas las personas en los siguientes lugares, siempre que se encuentren 10 o más personas en un mismo espacio.