Marcha blanca para la Inscripción Registro de Importadores y Exportadores de sustancias controladas.

Resolución 1.621, D.O. de 05 mayo de 2020, Director Nacional de Aduanas.


Mediante resolución exenta N° 1.621, de 23 de abril de 2020, del Director Nacional de Aduanas, se reemplaza el numeral III.2 de la resolución exenta N° 822, de 28.02.2020, del Director Nacional de Aduanas, modificando el período de marcha blanca establecido para la inscripción en el registro de importadores y exportadores de sustancias controladas, el cual se iniciará a partir del 1 de agosto de 2020 hasta el 31 de octubre de 2020. Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web o del Servicio Nacional de Aduanas (www.aduana.cl).