Aumento Tasa de Retención Honorarios

A contar del 01 de enero de 2021, la retención o la tasa del Pago Provisional Mensual obligatorio (PPM) que afectan a las boletas de honorarios subirán de 10,75% al 11,5%.

Este aumento gradual está contemplado en la Ley 21.133 promulgada el 02 de febrero de 2019, por la cual la tasa de retención hasta alcanzará un 17% en el año 2028, para de esta manera incorporar a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social.

Es importante recordar que cada año la retención aumentará en un 0,75%, salvo en 2028 que subirá un 1%. De esta forma, en 2021 se retendrá un 11,5%, en 2022 un 12,25%, en 2023 un 13%, y así sucesivamente.

Para quienes vayan a emitir boletas de honorarios a contar de enero del próximo año, deberán hacer el siguiente cálculo al momento de emitir su boleta:

  • Para servicios acordados con monto bruto: Si el monto es por $1.000.000 monto bruto, deberá retener un 11,5% quedando un líquido de $885.000 con una retención de $115.000.
  • Para servicios acordados con monto líquido: Si el monto del servicio es de $1.000.000 líquido, lo que se debe hacer es dividir el $1.000.000 por 0,885 y con eso se llega al monto bruto de $1.129.944, y una retención de $129.944.

La retención aplicará para boletas emitidas digitalmente y en papel. Si se emite la boleta a través del sitio web del SII, de manera automática la aplicación calculará la nueva retención, mientras que, si se emite la boleta en papel, se deberá hacer el cálculo con la retención del 11,5%, a contar del 01 de enero de 2021.


Con la colaboración de Armando Rosales. Contador General Auditor, Magister en contabilidad y auditoría de gestión, Post Título en Normas IFRS, especialista en Tributación