Amplía plazo de presentación para Declaraciones Juradas 1947 y 1948.

Resolución 32, de 23 de marzo de 2021, Servicio de Impuestos Internos.


1° Amplíase hasta el 31 de marzo de 2021, el plazo para presentar el Formulario N° 1947, denominado “Declaración Jurada Anual sobre Renta Imponible a tributar con impuestos finales, Créditos y PPMs, correspondientes a propietarios de contribuyentes acogidos al régimen tributario del N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la LIR”, correspondiente al año tributario 2021, para los contribuyentes mencionados en la letra b) del resolutivo primero de la Resolución Ex. SII N° 97 de fecha 28.08.2020 antes referida.

2° Amplíase hasta el 31 de marzo de 2021, el plazo para presentar el Formulario N° 1948, denominado “Declaración Jurada anual sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) y al número 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, y sobre saldo de retiros en exceso pendientes de imputación”, correspondiente al año tributario 2021, para los contribuyentes mencionados en las letras a) y c) del resolutivo primero de la Resolución Ex. SII N° 98 de fecha 28.08.2020 antes referida.