Pronunciamientos del Comité de Interpretaciones de Normas IFRS
El Comité de Interpretaciones de normas IFRS, se reunió por vía remota para discutir varios temas el pasado 1° y 2 de diciembre de 2020.
El retiro del 10% de los fondos de AFP es una ley que permite el retiro de parte de los fondos de las respectivas cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias de los trabajadores, y este proceso comienza a partir del 10 de diciembre de 2020.
Los temas discutidos fueron varios que abarcan desde pasivos, beneficios a los empleados y desembolsos asociados a servicios en la nube.
Veamos en detalle cada uno de los temas y las conclusiones a las cuales llegó el comité de interpretaciones.
Forma de presentar envío a Factoring por parte de proveedor de las cuentas por pagar de la empresa
La situación es la siguiente: Una empresa puede tener cuentas por pagar que son colocadas en factoraje por su proveedor. El tema es si estas deben seguirse presentando como cuentas por pagar a proveedores o cómo financiamientos.
La conclusión del Comité es que la naturaleza de las cuentas por pagar no ha cambiado, por lo cual deben seguirse presentando como cuentas por pagar a proveedores. Únicamente, si los términos de la deuda (plazo, interés) cambian como consecuencia del factoraje, procede presentar la deuda como un pasivo de financiamiento, pues su naturaleza cambió.
Se revisaron las respuestas recibidas a la Decisión de Agenda preliminar emitida en la junta del Comité de junio de 2020 y no hay cambios sustanciales, por lo cual se emite la Decisión de Agenda definitiva.
Otorgamiento de un beneficio a los años de servicio de un empleado:
Se recibió una consulta de qué años de servicio deben ser considerados para otorgar un beneficio de retiro que consiste en un pago único a la fecha de retiro de 62 años, si la condición es que el empleado haya trabajado en la entidad los últimos 16 años.
Se vio que este tipo de beneficios existe en varios países. Se discutieron distintos escenarios, considerando si el empleado venía trabajando desde antes de cumplir los 46 años, para llegar a los 62 con los 16 años de servicio.
La conclusión es que lo que importa son los 16 últimos años de servicio, sin importar cuántos se trabajaron antes, por lo cual el beneficio debe empezar a reconocerse a partir de cuándo el empleado cumple los 46 años. La NIC 19, Beneficios a los Empleados, es muy clara en que el beneficio debe reconocerse en los años en que se gana. Se acordó preparar una Decisión de Agenda tentativa para exploración con esta conclusión.
Costos de configuración y adaptación para recibir servicios de una nube:
El tema consiste en que en ciertos casos se tiene que incurrir en egresos de configuración y adaptación para poder recibir los servicios de una nube. La pregunta es si esos desembolsos pueden ser considerados como un intangible para ser amortizados con posterioridad, al recibir los servicios.
La conclusión del Staff es que se tiene derecho a servicios, pero no se tiene control de un activo, de tal manera que se pueda prohibir el acceso a otros a un servicio similar, a menos de que se tenga un código que permita restringir el acceso.
Algunas de esos pagos pueden representar anticipos al proveedor y clasificarse como anticipos a proveedores al erogarse. La conclusión es que todos los desembolsos deben reconocerse como gastos al erogarse, aun cuando se realicen antes de empezar a recibir el servicio, a menos de que se trate de un anticipo. Se decidió emitir una Decisión de Agenda tentativa.
Fuente: https://www.nicniif.org/home/novedades/comite-reunion-2021.html
Con la colaboración de Valerie Oyanadel Lara
Ingeniero Comercial / Asesor Laboral