Autoriza a las cooperativas para distribuir excedentes o remanentes del año 2019, sin necesidad de una Junta General de Socios.

Ley 21.270, publicada en el Diario Oficial de 6 de octubre de 2020.


Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2019, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38 de la presente ley, en relación con el remanente.