Beneficios tributarios para personas

Ya estamos en el mes de diciembre y podemos hacer un aporte al Ahorro Previsional Voluntario también conocido como APV, y de esta manera poder obtener una devolución de impuestos correspondiente al año 2020 que se declaran en abril de 2021.

Esta forma de ahorro tiene importantes beneficios tributarios, permitiendo que el trabajador elija el régimen que afectará a sus aportes, en consideración al pago o exención de impuestos, al momento del aporte o retiro de los recursos de ahorro voluntario.

En consecuencia, el afiliado podrá optar por uno de los siguientes regímenes tributarios:

Régimen Tributario Impuesto al Ahorrar (Letra A, artículo 20 del DL 3.500):

Alternativa de tributación, bajo la cual el trabajador al momento de ahorrar paga los impuestos correspondientes, de esta forma, al momento de retirar el ahorro, el cliente no tributa por éste, solo lo hace por la rentabilidad real obtenida.

Adicionalmente, el trabajador tiene derecho a un bono fiscal del 15% del ahorro que destine a adelantar o incrementar su pensión. El bono anual no podrá ser mayor a 6 UTM ($306.174 a diciembre de 2020).

Los aportes no se rebajan de la base imponible del impuesto único de segunda categoría. La AFP o Institución Autorizada informan la rentabilidad de los retiros al trabajador y al Servicio de Impuestos Internos, para su declaración de impuestos. El retiro de los aportes por el trabajador, no serán gravados.

La bonificación procederá respecto a las Cotizaciones Voluntarias, los Depósitos de APV y los aportes del trabajador para el APVC, efectuados durante el respectivo año calendario, que no superen en su conjunto la suma equivalente a diez veces el total de Cotizaciones Obligatorias efectuadas por el trabajador.

Régimen Tributario Impuesto al Retirar (Letra B, artículo 20 L del DL 3.500):

Es la alternativa tradicional, bajo la cual no se paga impuestos al hacer el ahorro, puesto que los aportes se rebajan de la base imponible del impuesto único de segunda categoría.

Cuando los fondos son retirados desde la AFP o Institución Autorizada, retienen en calidad de impuesto único el 15% de su monto.

Al momento del retiro de los aportes el trabajador deberá cancelar una sobretasa al impuesto global complementario que está obligado a pagar o ser retirados como excedentes de libre disposición, si corresponde.

En cuanto a la forma de cómo se enteren los ahorros tenemos las siguientes situaciones:

  • Cuando empleador realiza el pago de las cotizaciones voluntarias: en este caso las cotizaciones voluntarias harán uso del beneficio de exención tributaria al momento de realizar el aporte. El monto del aporte se rebaja, hasta un monto tope de 50 UF mensuales, de la base imponible.
  • Cuando el ahorrante realiza el pago de las cotizaciones voluntarias: en este caso el beneficio tributario, se hace efectivo al reliquidar el en la declaración anual de impuesto a la renta realizada por el trabajador respecto de las cotizaciones voluntarias enteradas en el año calendario anterior.
  • Cuando el ahorrante es un trabajador independiente: la exención se hace efectiva reliquidando el impuesto a través de su declaración anual de impuesto a la renta. El monto máximo para deducir de la base imponible estará determinado por el monto que resulte de multiplicar 8,33 UF por el monto total pagado en cotizaciones obligatorias en el año correspondiente, sujeto a un tope máximo de exención anual de 600 UF.

Veamos un caso práctico para el APV de la Letra B, artículo 20 L del DL 3.500

 

SIN APVCON APV
Remuneración bruta $  4.500.000 $  4.500.000
Remuneración imponible $  2.328.220 $  2.328.220
Descuentos legales $     450.295 $     450.295
   AFP (11,44%) $     266.348 $     266.348
   Salud (7%) $     162.975 $     162.975
   Cesantía (0,6%) $       20.971 $       20.971
Ahorro previsional voluntario (APV) $     500.000
Remuneración tributable $  4.049.705 $  3.549.705
Factor $     931.432 $     816.432
Rebaja $     568.463 $     568.463
Impuesto a pagar $     362.969 $     247.969
Remuneración líquida $  3.686.736 $  3.301.736
Ahorro previsional voluntario$ 500.000
Menor pago de impuestos$ 115.000
Costo neto del APV $385.000

Con la colaboración de Armando Rosales. Contador General Auditor, Magister en contabilidad y auditoría de gestión, Post Título en Normas IFRS, especialista en Tributación