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BOLETÍN N° 68 |
Agosto de 2018 |
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ARTÍCULOS TÉCNICOS
Con la colaboración de Armando Rosales Valdés,
contador auditor, Magíster en Contabilidad y Auditoría,
[armandov.rosales@gmail.com] |
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JURISPRUDENCIA TRIBUTARIA |
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Sobreprecio en la colocación de acciones de propia emisión. Corrección monetaria. Tributación.
Oficio 27, de 9 de agosto de 2018, Servicio de Impuestos Internos.
Se solicita un pronunciamiento en relación a los efectos tributarios de la distribución de un dividendo que resultó imputado a la cuenta "utilidades acumuladas", la cual habría sido conformada como consecuencia de ajustes contables por el reverso de la corrección monetaria, reverso que se produjo en la oportunidad en que la sociedad adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS), y que en parte estaría reflejando la corrección monetaria que afectó a la cuenta de sobreprecio en la colocación de acciones de su propia emisión.
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Reclamación tributaria contra liquidaciones por diferencia de impuestos a la Renta.
Rol 24.839-2014, de 7 de enero de 2016, Corte Suprema de Justicia.
Que al efecto no ha sido debatida en autos la existencia del pago de las obligaciones tributarias aludidas, ni la existencia de los créditos incobrables, invocándose por la contribuyente en la determinación de su renta líquida, sosteniéndose por los jueces del fondo el rechazo de las partidas correspondientes porque no se acreditó, por una parte, su pago con fondos provenientes de la contribuyente, ni su monto, ni la identidad de los deudores correspondientes, ni su contabilización ni el agotamiento de los medios de cobro, por la otra, validando entonces la aplicación a tales acápites del impuesto único consagrado en el artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta, y que fuera transcrito en lo pertinente." (Corte Suprema, considerando 7º).
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