CMF publica normativas que regulan el proceso de autorización de existencia de sociedades anónimas especiales y el inicio de funciones de Administradoras Generales de Fondos
Para solicitar la autorización de existencia se deberá presentar a la Comisión antecedentes tales como la identificación de quienes concurren a la constitución de la sociedad, el plan estratégico y de negocios, declaraciones sobre inhabilidades, entre otros.
En el caso del inicio de funciones de AGF, deberá presentarse la estructura orgánica y funcional de la administradora, las versiones iniciales de las políticas de seguridad y manejo de información, del manual de gestión de riesgos y control interno, del manual de prevención de lavado de activos, entre otros antecedentes.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que, luego de concluido el proceso de consulta pública, emitió hoy la Norma de Carácter General que regula el proceso de autorización de existencia de sociedades anónimas especiales (SAE) N°467 y la Norma de Carácter General que regula el proceso de autorización de inicio de funciones de Administradoras Generales de Fondos (AGF) N°468.
De acuerdo a las disposiciones del artículo 126 de la Ley N°18.046, la normativa que regula la autorización de existencia de SAE será aplicable, entre otras, a bolsas de valores, bolsas de productos, empresas de depósito de valores y sociedades securitizadoras.
La normativa exceptúa de este procedimiento a las entidades que ya cuentan con una normativa vigente que regula dicho proceso como son bancos, empresas emisoras de tarjetas de pago no bancarias, empresas operadoras de tarjetas de pago, sociedades administradoras de sistemas de compensación y liquidación de instrumentos financieros y entidades aseguradoras.
Antecedentes
La normativa establece que la autorización de existencia deberá ser solicitada por uno o más de los futuros socios de la entidad, acompañando los antecedentes que se enumeran en la normativa.
Estos incluyen los estatutos de la futura entidad, la identificación de quienes concurren a la constitución de la misma, el plan estratégico y de negocios, declaraciones respecto a no encontrarse bajo inhabilidades, entre otros antecedentes.
Inicio de funciones de AGF
Adicionalmente, se emite la normativa que regula el proceso de autorización de inicio de funciones de las AGF.
Para ello la administradora deberá presentar una solicitud a la Comisión, acompañando antecedentes tales como la estructura orgánica y funcional de la administradora, la versión inicial de las políticas de seguridad y manejo de información, manual de gestión de riesgos y control interno, manual de prevención de lavado de activos, entre otros.