Contravenciones a los Reglamentos de Policía y Seguridad Minera y multas aplicables.

Resolución 1.222, D.O. de 10 de agosto de 20202, Servicio Nacional de Geología y Minería.


Las contravenciones a las disposiciones contenidas en el DS N°132, en su artículo 590, y con exclusión de las establecidas en el Título XV del citado cuerpo reglamentario, serán sancionadas con penas de multa, de la forma en que se señala a continuación: a) Contravenciones gravísimas: de 40,1 a 50 unidades tributarias mensuales. b) Contravenciones graves: de 30,1 a 40 unidades tributarias mensuales. c) Contravenciones menos graves: de 20 a 30 unidades tributarias mensuales.