Declaración jurada con el detalle sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos por contribuyentes 14 A y Propymes.

Resolución 98, de 28 de agosto de 2020, Servicio de Impuestos Internos.


Los contribuyentes sujetos al régimen general de la letra A) del artículo 14 de la LIR y los contribuyentes del régimen Pro Pyme en base a retiros o distribuciones contemplado en el N° 3 letra D) del mismo artículo, incluyendo aquellos contribuyentes del artículo 14 G) que opcionalmente se acojan a las normas de la letra A) o D) N° 3 del artículo 14 de la LIR, deberán presentar al Servicio de Impuestos Internos, una declaración jurada con el detalle sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos y créditos correspondientes, que se realicen desde la empresa en beneficio de sus propietarios, socios, comuneros o accionistas, así como el detalle de los retiros en exceso que se encuentren pendientes de imputación y las devoluciones de capital, toda esta información referida al año calendario inmediatamente anterior al que se informa. Dicha declaración jurada deberá ser presentada: