Emisión de factura exenta por liquidación de una asociación o cuentas en participación.

Oficio 2.398, de 10 de agosto de 2022, Servicio de Impuestos Internos.


De acuerdo con su presentación, y tras algunas consideraciones, tratándose de una sociedad en cuentas en participación [sic]1 , consulta si es posible que el socio partícipe emita facturas exentas de IVA por la proporción que se le liquida parcial o totalmente, conforme a lo acordado, de modo tal que el socio gestor, registre el resultado que realmente le corresponde tributar en su contabilidad y por ende el partícipe la proporción restante en la suya. Al respecto, en la medida que la liquidación no configura ni da cuenta de la existencia de una venta o prestación de servicios gravados conforme la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).

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