Ingreso de Reclamo por Despido

Artículo Técnico Laboral Previsional

Permite a un trabajador/a solicitar una audiencia de conciliación si considera que fue despedido/a sin justificación apropiada.


Permite a aquel trabajador/a, ingresar una solicitud de “Reclamo por Despido” para que se realice una audiencia de conciliación, cuando considere haber sido despedido/a injustificadamente, ya sea porque estima infundada o improcedente la causal de despido o que su ex empleador/a le adeuda alguna prestación al término de la relación laboral.

En la audiencia de conciliación, el conciliador/a a cargo verificará el cumplimiento de la normativa laboral y previsional vigente, generando, además, una instancia de diálogo entre las partes (trabajador/a y ex empleador/a) con el propósito de buscar, la solución al conflicto laboral producido al término de la relación laboral.

Importante:

  • Si se estima que el despido es injustificado, indebido, improcedente o indirecto, el trabajador/a tiene un plazo de 60 días hábiles (desde la fecha del despido), para interponer una acción judicial. Este plazo se suspende si se interpone un reclamo administrativo.
  • No obstante, en ningún caso el trabajador/a podrá recurrir a los tribunales de justicia una vez transcurridos 90 días hábiles contados desde la fecha del despido.
  • El proceso también puede dirigirse a aquellos trabajadores/as dependientes del sector privado con relación laboral vigente, que efectuaron un proceso de fiscalización sin solución al conflicto, y desean efectuar una demanda judicial contra su ex empleador o empleadora, para lo cual deberán ingresar el Reclamo administrativo presencialmente en cualquier Inspección del Trabajo del país.

El trámite “Reclamo por Despido” está disponible durante todo el año.

¿A quién va dirigido?

  • Trabajadores/as dependientes del sector privado, cuya relación laboral ha concluido.
  • Excepcionalmente y solo de manera presencial en oficina, Trabajadores/as dependientes del sector privado con relación laboral vigente, que no obtuvieron solución a la materia denunciada mediante un proceso de fiscalización y que desean efectuar una demanda judicial contra su empleador.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Nombre completo, RUN, correo electrónico, teléfono y domicilio del trabajador/a que reclama.
  • Fecha de inicio y término de la relación laboral, jornada y función desarrollada.
  • Razón social de la empresa o nombre del empleador/a.
  • RUT del empleador/a.
  • Domicilio del lugar donde se prestaban los servicios o casa matriz.
  • Teléfono y casilla de correo electrónico de empleador/a (si lo conoce).
  • Nombre y RUT del o de la representante legal (si lo conoce).
  • Contar con ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación (trámite en línea)

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Qué vigencia tiene?

Indefinida.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En Línea

Solo pueden realizar la solicitud en línea los trabajadores/as del ámbito privado, cuya relación laboral ha concluido.

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en “Ir al trámite en línea”.
  3. Haga clic en “Iniciar sesión”.
  4. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “INGRESA”. Si no la tiene, solicítela
  5. Seleccione el perfil “Trabajador” y actualice sus datos si es primera vez que accede al Portal Mi DT.
  6. Seleccione la opción “Denuncias y Solicitudes” y haga clic en “Reclamo por Despido”.
  7. Seleccione la tarjeta “Ingreso de Reclamo por Despido” y haga clic en “Ingresar”.
  8. Conteste las preguntas de validación que el sistema arrojará a medida que avance en el trámite.
  9. Ingrese datos de empleador/a, luego de completar todos los campos requeridos, seleccione “siguiente”.
  10. Ingrese antecedentes laborales y previsionales, luego de completar todos los campos requeridos, seleccione “siguiente”.
  11. Ingrese materias reclamadas y otros antecedentes, luego de completar todos los campos requeridos, seleccione “Ingresar reclamo”.
  12. Como resultado del trámite, habrá ingresado una solicitud de reclamo por despido, se enviará la confirmación del registro de la solicitud a la casilla de correo electrónico registrado en Portal Mi DT.
  13. Podrá hacer seguimiento y ver el estado de su reclamo, en la tarjeta “Mis Reclamos por Despido”, dispuesta en su perfil del Portal Mi DT.

Importante:

Una vez ingresada la solicitud de ingreso de “Reclamo por Despido”, mientras ésta se encuentre vigente, no podrá volver a ingresar una nueva en contra del mismo empleador/a.

Para mayor información de los pasos a seguir para el ingreso de solicitud de Reclamo por Despido, ingrese a Guía rápida Solicitud de “Reclamo por Despido”

Marco legal

  • Decreto con Fuerza de Ley Nº2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo).
  • Ley 19.880publicada el 29.05.2003, Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
  • Ley 21.327publicada el 30.04.2021, de Modernización de la Dirección del Trabajo.
  • Ley 21.389 publicada el 18.11.2021, Crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y Modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el Sistema de Pago de las Pensiones de Alimentos.