Tratamiento tributario aplicable a la fusión fondos de inversión privados.

Oficio 1.117, de 8 de junio de 2020, Servicio de Impuestos Internos.


Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre algunos efectos tributarios aplicables a una fusión de dos fondos privados que, considerándose actualmente como sociedades anónimas ante la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), pasen con motivo de dicha fusión, a someterse a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).