Línea de emergencia laboral Covid-19: Formación en el puesto de trabajo.

Resolución 21, D.O. 15 de enero de 2021, Subsecretaría del Trabajo.


Se ha estimado necesario efectuar en orden a establecer las consecuencias derivadas de la no declaración y pago de las cotizaciones de los trabajadores causantes del beneficio por parte de la empresa beneficiaria, y agregar dos causales de terminación anticipada de las bonificaciones, que derivan de la suscripción de un pacto de suspensión convencional a que se refiere el artículo quinto de la ley N° 21.227, distinguiendo aquellos casos en que el indicado pacto se haya suscrito con un trabajador causante del beneficio, de aquel en que se haya suscrito con un trabajador que no lo sea.