Mala fama de las donaciones

Dentro del ejercicio que se está haciendo de revisar el Gasto Tributario, que es la cuantificación de la menor recaudación que provocan todas las disposiciones que establecen algún tipo de rebaja en la carga tributaria de determinados contribuyentes, está la evaluación de los aparentes beneficios tributarios que reciben las empresas que realizan donaciones a universidades e institutos profesionales, corporaciones culturales, organizaciones de beneficencia, instituciones deportivas y a partidos políticos.

Estas normas han ganado mala fama y han sido públicamente vilipendiadas por distintas personalidades como Jorge González en el año 2002 en el escenario de la Teletón, organización que tiene como principal fuente de financiamiento las donaciones. En la actualidad, están en la mira de quienes quieren aumentar la recaudación fiscal por medio de su total eliminación. Sin embargo, esta idea está fundamentada en criterios fundamentalistas que aborrecen la actitud de particulares en funciones públicas y también en el desconocimiento del verdadero efecto que genera el realizar una donación.

Es necesario señalar que la base para otorgar rebajas impositivas a estas actuaciones de los privados está en el reconocimiento del ejercicio de la libertad para que los contribuyentes puedan direccionar sus tributos, financiando directamente actividades sociales, educacionales, deportivas…. y políticas. Por otro lado, permite que entidades dedicadas a estas áreas, reciban rápidamente recursos para el logro de sus actividades, en vez de esperar que sea el Estado quien las financie, lo cual hace a través del principio de la no afectación que establece que toda la recaudación sea encausada a un fondo común, y que de ahí se destinen a las distintas necesidades sociales que la autoridad fiscal priorice, dejando, obviamente, en un lugar postergado a instituciones que tengan apremiantes carencias monetarias y que deben esperar de acuerdo a la prelación de las políticas sociales que tengan los gobiernos de turno.

Sin perjuicio de lo anterior, es un error pensar que quienes donan tienen un beneficio aparejado. Si bien es cierto que al otorgar tal dádiva pueden erogar menos recursos al pagar sus impuestos, no es menos cierto que para acceder a esa rebaja es menester destinar recursos monetarios para financiar la donación. En otras palabras, para poder pagar menos impuestos, tienen que pagar, siendo este pago una limitación de recursos líquidos que pueden destinar para financiar los dividendos o retiros que reciban sus dueños.

Si una empresa decide donar un millón de pesos, podrá utilizar parte de esa suma para pagar menos impuestos, pero necesariamente tendrá que pagar el millón para lograr esa menor carga tributaria. Esta restricción de liquidez pasa a ser un detrimento para los socios o accionistas de la empresa, que no tienen aquellos dueños de sociedades que no realizan la donación, pero que pagan más impuestos. Esto es difícil de percibir y es un hecho que el estudio analítico de la aplicación de los beneficios tributarios puede revelar y que pasa a ser el fundamento técnico para afirmar que las disposiciones que conceden rebajas tributarias no son un beneficio, sino un premio que el legislador otorga a quienes sacrifican su liquidez en pro de la ayuda a determinadas instituciones que cumplen un rol que el contribuyente valora y que quiere asistir con recursos propios.

Lo anterior solo puede ser aceptado y otorgado si impera en la autoridad fiscal el convencimiento y valoración de la actividad privada en acciones sociales, es decir, que el Estado reconoce en los particulares el rol protagónico en la solución de los problemas públicos.

Solo puede ser concebido de tal forma si nuestra Constitución así lo reconoce, motivo por el cual, el ejercicio constituyente al cual estamos abocados en estos días, perfectamente pude cambiar si campea en la nueva carta magna el principio que los particulares no deben participar en temas públicos y solo deben comprometerse a aportar ingentes cantidades de dinero al Estado para que sea éste quien los asigne para satisfacción de las necesidades sociales imperante.

Lo anterior resultaría eficiente en nuestro país si contáramos con la figura de jefe de estado que trascienda en el tiempo y permita la aplicación de políticas públicas de largo plazo, y no lo que tenemos en la actualidad de gobiernos de turno que duran solo cuatro años, periodo que resulta insuficiente para generar cambios estructurales, máxime si cuenta con la rémora de un Congreso antagónico que constantemente está cuestionando a los ministros que son considerados “fusibles” y que pueden ser cambiados cada vez que su funcionamiento no agrada a los parlamentarios.

Es por lo anterior que la segunda hipótesis resulta cuestionable para nuestro país, pues el prescindir de la iniciativa privada para satisfacer las necesidades sociales de educación, beneficencia y deportes solo redundará en que depositemos nuestra confianza a los políticos que cada cuatro años están en la silla presidencial y que nos gobiernen según sus postulados dogmáticos que perfectamente pueden ser equivocados o ser ineficientes.

Creo que el mecanismo de las donaciones es una herramienta eficiente de democracia social que permite a los particulares inmiscuirse en temas públicos y que pueden aportar con una eficiencia que el aparataje estatal, por las evidencias empíricas que hemos vivido y sufrido, no puede ejercer.

Prof. Germán R.Pinto Perry
Director del Magíster en Planificación y Gestión Tributaria
Universidad de Santiago

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