Fija tope imponible para las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de la ley de accidentes del trabajo.
Resolución 8, D.O. de 2 de marzo de 2021, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Establécese que desde el 1 de febrero de 2021, el límite máximo imponible reajustado según lo expuesto en los considerandos anteriores, será de 81,6 Unidades de Fomento. 2.- Déjase sin efecto la resolución Nº 3, de 8 de enero de 2021, a contar del 1 de f