Contrato de Trabajo; Modificación.

Oficio 1.989, de 24 de junio de 2020, Departamento Jurídico, Dirección del Trabajo.


La modificación de un contrato de trabajo requiere la voluntad del trabajador y el empleador, lo que implica que los derechos y obligaciones respecto de los que se establezca el cumplimiento de una determinada condición deben considerar dicha circunstancia, no pudiendo quedar al mero arbitrio de alguno de los contratantes.