Pilares del Sistema de Pensiones

Gente

La Seguridad Social en Chile, provee de derechos a los trabajadores/as independientes y dependientes, activos o pasivos, ante las contingencias sociales de enfermedad y el embarazo. Entre sus mecanismos de protección social posee la red de Salud que está compuesta por el Sistema de Salud Público y el Sistema de Salud Privado.


La Salud Pública: Opera a través de un Seguro Social de Salud administrado por Fondo Nacional de Salud (FONASA). Sobre la base de un esquema de reparto, que se financia con el aporte de sus trabajadores/as y con recursos del Estado, provenientes de los impuestos generales de la nación. La cobertura que otorga este esquema son los mismos para todos los afiliados, independiente del monto de la cotización y del tamaño del grupo familiar cubierto.

La Salud Privada: Está conformada por las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE) y por Proveedores de Salud particulares.

  • La ISAPRE opera como un sistema de seguros de salud basado en contratos individuales, en el que los beneficios otorgados obedecen directamente al plan contratado que dependen del sexo, la edad, preexistencia de enfermedades, etc. de sus afiliados.
  • Los Proveedores Privados de Salud son los hospitales, clínicas y profesionales independientes que atienden tanto a los asegurados de las ISAPRE como a los cotizantes de FONASA.

Ámbitos de cobertura: derechos asociados a salud.

Los trabajadores/as adscritos a FONASA tienen dos modalidades de atención: la modalidad institucional y la de libre elección.

  • La Institucional, reciben las prestaciones en hospitales públicos o centros de atención primaria.
  • De Libre elección, reciben sus atenciones de prestadores privados adscritos a esta modalidad.

El derecho a licencia médica es de naturaleza laboral-previsional-sanitaria, en tanto sólo se otorga a los trabajadores dependientes o independientes. Éste es el permiso de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado período de tiempo por incapacidad laboral, originada por enfermedad o accidente común, o uso de derechos de protección a la maternidad.

  • La licencia médica debe ser tramitada y posteriormente autorizada por la COMPIN o la ISAPRE según corresponda.

El subsidio por incapacidad laboral es la protección pecuniaria que busca resguardar el estado de necesidad que genera la suspensión de la capacidad de trabajo y que reemplaza la remuneración o renta del trabajador, siempre que se cumplan los requisitos mínimos de afiliación y cotización.

Fuente: www.previsionsocial.gob.cl