Porcentaje de reajuste a los impuestos anuales a la renta.

Circular 21, de 8 de abril de 2021, Servicio de Impuestos Internos.


Atendido que la variación del Índice de Precios al Consumidor comprendida entre el mes de noviembre del año 2020 y el mes de marzo del año 2021, correspondió a un 1,6%, los impuestos anuales a la renta a declarar y pagar en el presente año tributario 2021 (hasta el 30 de abril del año 2021), en aquella parte no cubierta con créditos, impuestos retenidos y/o pagos provisionales mensuales efectuados durante el año 2020, deberán reajustarse en dicho porcentaje (1,6%), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Por lo tanto, en la primera columna de la línea 93 del Formulario N° 22, se debe registrar como valor 1,6%.