Protección del interés colectivo o difuso de los consumidores.

Decreto 56, D.O. de 5 de febrero de 2021, Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.


El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento voluntario para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores, contemplado en el Párrafo 4° del Título IV de la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 54 S de la ley N° 19.496. Los principios básicos que regulan este procedimiento son los siguientes: