Registro de Contrato de Trabajo

Artículo Técnico Laboral Previsional

Permite al empleador o empleadora cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo un contrato de trabajo suscrito con un trabajador o trabajadora.


Importante:

El plazo máximo para efectuar el registro:

  • Contratos firmados a contar del 01-10-2021: 15 días corridos, siguientes a la firma del contrato.
  • Contratos vigentes firmados antes del 01-10-2021: 1 año desde la publicación de la ley, esto es, hasta el 30-04-2022.

Si el contrato de trabajo termina durante el transcurso de este plazo, deberá registrar el contrato y su término dentro de:

  • 10 días hábiles siguientes a su terminación, causales N° 1, 2 y 3 del artículo 159 del Código del Trabajo.
  • 3 días hábiles siguientes a su terminación, causales del N° 4 y N° 5 del artículo 159 o cualquiera de las causales del artículo 160 del Código del Trabajo.
  • 6 días hábiles siguientes a su terminación, causal N° 6 del artículo 159 del Código del Trabajo.
  • 6 días hábiles desde que se dicta la Resolución de liquidación, artículo 163 bis del Código del Trabajo.
  • Simultáneo al envío de la carta de aviso de término de contrato por el artículo 161 del Código del Trabajo.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el portal Mi DT.

  1. ¿Qué necesito para hacer el trámite?
  2. Contar con el contrato de trabajo firmado por ambas partes.
  3. ClaveÚnica.

Los empleadores y empleadoras constituidos como persona jurídica, deben tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT

¿Cuál es el costo del trámite?

  • No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En Línea

  1. Haga clic en «ir al trámite en línea».
  2. Haga clic en «iniciar sesión».
  3. Escriba su RUN y clave única, y haga clic en «Continuar». Si no está registrado, solicite la ClaveÚnica.
  4. Ingrese a su perfil y actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT.
  5. Haga clic en «Registro Electrónico Laboral» y realice los siguientes pasos:

a) Para el caso del registro de contrato de trabajo en forma individual:

  • Haga clic en «Registro de Contrato de Trabajo».
  • Seleccione la opción «Registro de Contrato de Trabajo Individual».
  • Complete las cuatro etapas: identificación de las partes, funciones y lugar de prestación de los servicios, remuneraciones y jornada de trabajo y otras estipulaciones. Cada vez que finalice una etapa, haga clic en «siguiente». Para lo anterior utilice la Guía Rápida Registro de Contrato de Trabajo.
  • Al finalizar el proceso, el registro de contrato de trabajo quedará en estado «Vigente».

b) Para el caso del registro de contrato de trabajo en forma masiva:

  • Haga clic en «Registro de Contrato de Trabajo».
  • Seleccione la opción «Registro Masivo de Contrato de Trabajo «.
  • Complete el formulario (selección de domicilio de la empresa, RUT del representante legal, e ingrese correo electrónico y teléfono del empleador o de su representante legal).
  • Seleccione el Código de Actividad Económica (CAE) de la empresa.
  • Seleccione el Cargo de los trabajadores a registrar. Si este no existe en el listado debe seleccionar la opción «Otro» y completarlo.
  • Descargue y complete la plantilla CSV con la información requerida utilizando el Instructivo de Registro Masivo de Contrato de Trabajo (como se indica en el formulario).

Como resultado del trámite, el empleador o empleadora habrá registrado el contrato de trabajo. Se enviará la confirmación del registro mediante correo electrónico y podrá descargar un comprobante desde Mi DT.

Marco legal

  • Artículos N° 9 bis, 10 y 515 del Código del Trabajo.
  • Decreto Supremo N° 37, de 28.10.2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Fuente: www.dt.gob.cl